Formación en IA bonificada con FUNDAE: cómo la paga una empresa

Versión ampliada de la publicación en LinkedIn del 2 de septiembre de 2026 · Ver la publicación original

España dispone desde hace años de formación oficial en inteligencia artificial dentro de su propio catálogo, y casi toda se redactó antes de que existiera ChatGPT. Son las especialidades formativas del SEPE y los certificados de profesionalidad, y basta cotejar sus fechas con la del 30 de noviembre de 2022, día en que se publicó ChatGPT, para medir la distancia: COMM04, Introducción a la Inteligencia Artificial aplicada al marketing, es un programa de noviembre de 2020; COMM18, Inteligencia artificial aplicada a Marketing Digital, de marzo de 2021; ADGD33, Transformación digital, de marzo de 2022; IFCT0019, Inteligencia artificial aplicada a la empresa, de diciembre de 2022; y COMM0112, Gestión de marketing y comunicación, un certificado de 2013 construido sobre una cualificación de 2011.

Al abrir los programas, la antigüedad se hace visible: COMM04 enseña a construir un modelo predictivo con BigML y un agente con DialogFlow, COMM18 dedica un apartado a la búsqueda por voz y el bloque normativo de ADGD33 llega hasta el RGPD y ahí se detiene.

Nada de ello los invalida. Los propios textos establecen que el material debe ser, como mínimo, el que figura en el programa: el suelo está escrito, pero el techo no, y por eso dos cursos con el mismo código pueden ser cosas muy distintas. Desde hace dos años aplico la IA en todos mis cursos, lleven o no la palabra en el título, con el programa oficial como base y, encima, lo que existe hoy: modelos generativos, la alfabetización del artículo 4 y la transparencia de los chatbots del artículo 50, aplicable desde el 2 de agosto de 2026. Eso obliga a reescribir el temario cada pocos meses.

Existe, además, un segundo camino que ya no pasa por el catálogo. El artículo 4 del Reglamento europeo de IA pide medidas de alfabetización adaptadas al personal de cada organización y al contexto en que utiliza estos sistemas, algo que ningún programa cerrado puede anticipar. Aquí la formación se diseña a medida: qué herramientas usa ya la empresa, en qué puestos, con qué riesgos y qué necesita saber cada perfil. Y esa formación puede bonificarse con el crédito que gestiona FUNDAE, como cualquier otra formación programada por la empresa, que es lo que se explica a continuación.


Qué es el crédito de formación de FUNDAE

Cada empresa que cotiza por formación profesional dispone cada año de un crédito para formar a su plantilla. Lo gestiona la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) y se aplica como bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social una vez realizada y comunicada la formación. La empresa no recibe una subvención: descuenta de sus cotizaciones lo que ha invertido en formar, dentro del límite de su crédito.

El importe se calcula sobre lo que la empresa cotizó por formación profesional el año anterior, aplicando un porcentaje que baja con el tamaño de la plantilla: el 100 % en empresas de 1 a 9 trabajadores, el 75 % de 10 a 49, el 60 % de 50 a 249 y el 50 % a partir de 250. Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un crédito mínimo de 420 euros al año. A partir de 6 trabajadores, la empresa asume además una parte del coste con fondos propios, la cofinanciación privada, que la Ley 30/2015 fija en el 5 % de 6 a 9 trabajadores, el 10 % de 10 a 49, el 20 % de 50 a 249 y el 40 % a partir de 250.

Cómo se bonifica una formación en IA

  • La empresa programa la acción formativa: contenido, participantes, modalidad y fechas.
  • Si tiene representación legal de los trabajadores, le traslada la información de la formación con al menos quince días hábiles de antelación.
  • Comunica el inicio de la acción en la aplicación de FUNDAE, directamente o a través de una entidad organizadora, con un mínimo de dos días naturales de antelación.
  • Imparte la formación y guarda la documentación: asistencia, materiales y evaluación de la satisfacción.
  • Comunica la finalización, aplica la bonificación en las cotizaciones y conserva la documentación durante cuatro años por si se comprueba.

La formación puede ser presencial, en aula virtual o en teleformación. La alfabetización del artículo 4, diseñada sobre los puestos y las herramientas reales de la empresa, encaja en este esquema como cualquier otra formación programada.

Qué conviene cuidar

Tres cosas se repiten en las formaciones que luego dan problemas. La primera, no apurar los plazos de comunicación. La segunda, que el contenido responda a lo que la empresa necesita y no solo a lo que cabe en el crédito; con la alfabetización en IA, además, la documentación de la formación es la misma que sirve después para demostrar que se cumplió el artículo 4. La tercera, que la asistencia y el aprovechamiento queden registrados desde el primer día, no reconstruidos tres meses después.

Las acciones del catálogo de Luxellency se pueden programar como formación bonificada para la plantilla de una empresa. Qué exige exactamente el artículo 4, en este artículo.

Preguntas frecuentes

¿Se puede bonificar la formación en IA con FUNDAE?

Sí. La formación en IA que programa una empresa para su plantilla, incluida la alfabetización del artículo 4 del Reglamento europeo de IA, puede financiarse con el crédito de formación que gestiona FUNDAE, igual que cualquier otra formación programada por la empresa.

¿Cuánto crédito tiene una empresa pequeña?

El crédito se calcula sobre lo cotizado por formación profesional el año anterior: el 100 % en empresas de 1 a 9 trabajadores, el 75 % de 10 a 49, el 60 % de 50 a 249 y el 50 % a partir de 250. Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un crédito mínimo de 420 euros al año.

¿Con cuánta antelación hay que comunicar el inicio?

La comunicación de inicio se hace en la aplicación de FUNDAE con un mínimo de dos días naturales de antelación. Conviene no apurar ese plazo y hacerlo con una semana de margen.

¿Hay que informar a los representantes de los trabajadores?

Sí. Si la empresa tiene representación legal de los trabajadores, hay que trasladarle la información de la formación con al menos quince días hábiles de antelación al inicio.

Fuentes

  • FUNDAE, Bonificación de acciones programadas: porcentajes de crédito por tamaño de plantilla, plazo de comunicación de inicio de dos días naturales, quince días hábiles para la representación legal y conservación de la documentación durante cuatro años.
  • FUNDAE, Financiación: crédito mínimo de 420 euros para empresas de 1 a 5 trabajadores.
  • Ley 30/2015, artículo 9: cofinanciación privada del 5 %, 10 %, 20 % y 40 % según plantilla, con exención de las empresas de 1 a 5 trabajadores. Real Decreto 694/2017, que la desarrolla.

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